NIIF y NIF ¿De qué se trata?
Este escrito va dirigido a todo
tipo de audiencia a excepción de la comunidad de contadores públicos, toda vez
que dominan estos temas de forma notable. Pero si puede ser del interés de la
ciudadanía en general que ha escuchado y visto sobre este tema en redes
sociales y en la prensa.
Para el caso Colombiano, el tema
NIIF, se remonta al año 2003 con el informe ROSC, un documento redactado por
funcionarios del Banco Mundial y el FMI en el cual se precisaban algunas
recomendaciones sobre la forma de preparar las contabilidades de las empresas y
sobre el ejercicio de la profesión de contador Público en Colombia, lo anterior
enmarcado en el contexto de una economía globalizada.
En el año 2009 el congreso de Colombia
emite la Ley Nº 1314 de Convergencia a Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF), mediante la cual se ordena regular los principios y normas
de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de la misma.
Todo esto suena muy técnico y
aburrido, pero en síntesis lo que el ciudadano debe saber es que en Colombia existía una normativa “única” que
regulaba la contabilidad de todas las empresas, sin importar su tamaño, su actividad
económica, etc. esta normativa se encuentra en el decreto 2649 del año 1993.
Si bien estas normas del año 1993
tenían algunos componentes de corte internacional, se debían actualizar al
contexto del mundo empresarial del siglo 21 y además que ha existido un gran
problema, y es que en este país a la mayoría de empresarios no les interesaba
la contabilidad para la toma decisiones y como herramienta de gestión; solo les
importaba la contabilidad como soporte para las declaraciones tributarias, por
temor a sanciones emitidas por la DIAN. Esto se conoce como: “Contabilidad
Fiscal”.
La normativa nueva introduce en
Colombia tres (3) grupos de empresas con su respectiva reglamentación, a
diferencia del decreto del año 1993 que le aplicaba a todo tipo de empresarios.
Entonces ahora tenemos: a) el
grupo 1, Grandes; b) Grupo 2, Pequeñas y Medianas empresas (Pymes); y c)
Microempresas. Para cada grupo existe un decreto reglamentario de obligatorio
cumplimiento. Que el gobierno decidió compilar en un solo texto: el decreto
único reglamentario Número 2420 del año 2015.
En el marco internacional solo
existen dos grupos: a) NIIF PLENAS con 3.000 páginas aproximadamente y b) NIIF
para Pymes con 230 paginas. En Colombia, las Pymes constituyen el 95% de las
empresas existentes; pero adicional, aquí, las autoridades crearon un tercer
grupo de empresarios denominados Micro, que deben llevar una contabilidad
simplificada, a estos no les aplica NIIF (con
doble i) si no, NIF (norma de
Información financiera) es decir, sin el componente internacional, ejemplo
de microempresarios, aquellos con menos de 10 trabajadores y/o activos
inferiores a 500 SMMLV. ($340.000.000)
Tal parece que los empresarios no
se han tomado muy en serio la implementación de las nuevas de reglas de juego
para llevar sus contabilidades y emitir sus estados financieros; la última
reforma tributaria en algunos apartes remite a NIIF para efectos de la
cuantificación de tributos. Las superintendencias ya están exigiendo
información de los empresarios aplicando los nuevos marcos normativos con
riesgo de ser sancionados por la no aplicación de las mismas, la junta central
de contadores (entidad del estado que
ejerce inspección sobre los contadores públicos del país) ya anuncio
auditorias para verificar la idoneidad de los profesionales en ejercicio.
Lo cierto es que bien o mal, esto
es una realidad, que afecta a todas las empresas y que su incumplimiento deriva
en sanciones económicas altas, pero si lo vemos desde otra perspectiva más
amable, también es la oportunidad de que las empresas empiecen administrar la
información financiera como una herramienta de gestión y estén usando
estándares de alta calidad reconocidos a nivel internacional, lo que se traduce
en una acertada toma de decisiones para los dueños de las entidades, y menor
riesgo para los terceros que se acercan a las compañías y deben tomar
decisiones, sean las entidades financieras, proveedores, inversionistas y el
mismo estado.
Alex Granados Trujillo
Contador Público, Especialista en Derecho
Tributario
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